Micelio

Artículo 5

º La Importación De Los Siguientes Productos, Originarios Y Provenientes De Chile, Pagarán Los Derechos De Aduana Que Resultaren De Multiplicar El Gravamen Aplicable En Cada Caso A Terceros Países Por El Índice Que Aparece Al Frente De Cada Producto

Decreto 2519 de 1985 · por el cual se da cumplimiento a unos compromisos contraídos por Colombia en el marco de la Asociación Latinoamericana de Integración, ALADI.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La importación de los siguientes productos, originarios y provenientes de Chile, pagarán los derechos de aduana que resultaren de multiplicar el gravamen aplicable en cada caso a terceros países por el índice que aparece al frente de cada producto. Nabalalc Descripción Indice 07.01.0.04 Ajos frescos o refrigerados 0.56 07.04.0.99 Tomate desecado deshidratado 0.75 07.05.1.19 Garbanzos, excepto para siembra 0.77 07.05.1.29 Lentejas y lentejones, excepto para siembra 0.33 08.04.0.01 Uvas frescas 0.81 08.04.0.02 Pasas no acondicionadas para la venta al por menor 0.71 08.06.0.01 Manzanas frescas 0.21 08.06.0.02 Peras frescas 0.81 08.07.0.01 Cerezas frescas 0.81 08.07.0.02 Ciruelas frescas 0.81 08.07.0.04 Duraznos frescos 0.81 08.11.0.01 Cerezas enteras conservadas en envases de 3 kgr. o más 0.63 08.11.0.02 Damascos conservados enteros en envases de 3 kgr. o más 0.63 08.11.0.99 Las demás frutas enteras o cortadas en trozos; peladas, mondadas o descortezadas 0.71 08.11.0.99 Las demás frutas enteras o cortadas en trozos; rayadas o en pulpa 0.84 08.12.0.03 Ciruelas desecadas, en envases no acondicionados para la venta al por menor, con carozo 0.81 08.12.0.05 Damascos secos con carozo 0.21 08.12.0.07 Duraznos secos con carozo 0.21 08.12.0.08 Duraznos sin carozo 0.21 08.12.0.09 Manzanas desecadas 0.21 10.04.0.01 Avena para el consumo 0.75 12.07.0.07 Orégano 0.67 12.10.0.03 Semillas de alfalfa 0.67 13.03.3.01 Agar-agar 0.81 15.04.2.92 Aceite de pescado semirrefinado 0.53 20.02.1.03 Arvejas en conserva sin vinagre ni ácido acético 0.67 20.05.3.01 Purés y pastas de durazno 0.55 20.05.3.99 Demás purés y pastas de frutas no tropicales 0.37 20.07.3.02 Mosto de uva cocido 0.44 22.05.1.11 Vinos con denominación de origen 0.53 22.05.1.23 Vinos espumosos o gasificados 0.84 25.11.0.01 Baritina para perforación de pozos 0.70 28.01.4.02 Yodo sublimado 0.75 28.04.9.05 Selenio 0.81 29.04.2.05 Pentaeritritol 0.40 29.14.1.01 Acido fórmico 0.84 29.14.1.02 Formiato de sodio 0.67 32.08.9.01 Composiciones vitrificables 0.50 37.05.0.99 Las demás películas sin perforar y perforadas, impresionadas y reveladas, negativas o positivas, excepto microfilms 0.67 38.03.1.01 Carbones activados 0.75 38.11.1.99 Insecticidas a base de fosfuro de aluminio (Phostoxin) 0.75 39.03.3.01 Nitrato de celulosa líquido o pastoso 0,50 39.03.4.01 Nitrato de celulosa en polvo, gránulos o escamas 0.50 47.01.1.01 Pastas mecánicas de madera; de coníferas 0.50 47.01.3.02 Pastas químicas de madera a la soda y al sulfato sin blanquear, de coníferas 0.13 47.01.3.04 Pastas químicas de madera a la soda y al sulfato blanqueadas, de coníferas 0.0 48.01.1.01 Papel para periódicos en rollos o en hojas 0.68 48.01.9.05 Papel para confección de tarjetas perforabIes 0.83 73.02.0.99 Ferromolibdeno 0.50 73.18.9.02 Tubos de acero con revestimiento de cobre, con costura 0.58 73.18.9.02 Tubos de acero con revestimiento de cobre, sin costura 0.83 74.01.3.01 Cobre refinado electrolítico 0.0 74.01.3.02 Cobre refinado al fuego 0.0 74.03.1.01 Barras de cobre cuya mayor dimensión en su sección transversal sea mayor de 6 mm. y hasta 50 mm. 0.81 74.03.1.02 Barras de cobre cuya mayor dimensión en su sección transversal sea mayor de 50 mm. 0.81 74.03.1.99 Las demás barras de cobre 0.81 74.04.1.02 Chapas de cobre electrolíticas de más de 10 mm. a menos de 16 mm. de espesor 0.50 74.04.9.02 Otras chapas de cobre de más de 10 mm. a menos de 16 mm. de espesor 0.50 74.07.0.01 Tubos y barras huecas de cobre, incluidos sus desbastes, hasta 100 mm. 0.50 74.07.0.99 Los demás tubos y barras huecas mayores de 100 mm. 0.67 84.60.0.99 Moldes para metales y carburos metálicos 0.76 84.61.9.99 Válvulas y reguladores de gas 0.79 85.20.8.01 Casquetes de bronce par la fabricación de ampollas 0.88

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2519 de 1985