Micelio

Artículo 333

Decreto 181 de 1981 · Por el cual se expide el Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Presupuestos. La medida de aseguramiento procedente se decretará después que el presunto infractor haya sido vinculado como procesado, siempre y cuando que en el expediente exista prueba que permita inferir al funcionario, razonablemente, que el procesado es autor o cómplice del hecho punible investigado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 181 de 1981