Las Mercancías Con Destino A Este Evento Ferial No Podrán Ser Embarcadas En El Puerto De Despacho En El Exterior Ni La Corporación De Ferias Y Eventos De La Frontera, "corfrontera", Darles Ingreso Después De La Fecha Del Cierre Del Evento Ferial
Decreto 1084 de 1987 · por el cual se autoriza la celebración de la Feria Internacional de Cúcuta y la creación de una Zona franca Transitoria para tal evento.
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El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Las mercancías con destino a este evento ferial no podrán ser embarcadas en el puerto de despacho en el exterior ni la Corporación de Ferias y Eventos de la Frontera, "Corfrontera", darles ingreso después de la fecha del cierre del evento ferial.
Parágrafo
De conformidad con el artículo 111 del Decreto 2666 de 1984, la Corporación de Ferias y Eventos de la Frontera, Corfrontera, responder ante la Nación por los derechos de importación de las mercancías que sean sustraídas o perdidas de la Zona Franca Transitoria. CAPITULO V Términos y prórrogas.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.