° El Instituto Nacional de Abastecimientos emitirá bonos representativos de los productos agrícolas que adquiera en virtud de las autorizaciones del presente decreto, con plazo hasta de 270 días, y el Banco de la Republica podrá descontar estos bonos dentro de un cupo especial que no afecta el cupo del Gobierno y hasta por una suma que no exceda del ciento cincuenta por ciento ($ 150) de su capital y reserva legal. Para los efectos legales, estos títulos quedaran sometidos a la legislación vigente que regula los bonos de prenda expedidos por los almacenes generales de depósito en cuanto a las ventajas para el acreedor, y tendrán la garantía del Gobierno Nacional.
Artículo 6
El Instituto Nacional De Abastecimientos Emitirá Bonos Representativos De Los Productos Agrícolas Que Adquiera En Virtud De Las Autorizaciones Del Presente Decreto, Con Plazo Hasta De 270 Días, Y El Banco De La Republica Podrá Descontar Estos Bonos Dentro De Un Cupo Especial Que No Afecta El Cupo Del Gobierno Y Hasta Por Una Suma Que No Exceda Del Ciento Cincuenta Por Ciento ($ 150) De Su Capital Y Reserva Legal
Decreto 96 de 1952 · Por el cual se modifica la organización y funcionamiento del Instituto Nacional de Abastecimientos
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.