Micelio

Artículo 17

Medidas De Acceso A La Seguridad Social

Ley 2364 de 2024 · por medio de la cual se reconoce y protege de forma integral la labor y los derechos de las mujeres buscadoras de víctimas de desaparición forzada.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las mujeres buscadoras y sus parientes dentro del primer grado de consanguinidad o civil, y su cónyuge, compañero o compañera permanente, previa verificación, concepto favorable y autorización del Ministerio de Trabajo, serán afiliados al régimen subsidiado en salud de forma prioritaria, salvo que sean cotizantes o beneficiarios del régimen contributivo.

Parágrafo 1

Las mujeres adultas mayores buscadoras de víctimas de desaparición forzada, tendrán garantías y prioridad para el acceso a programas de protección social para la vejez e invalidez.

Parágrafo 2

El Ministerio de Salud y Protección Social con participación de las organizaciones de víctimas de desaparición forzada, reglamentará en el término de seis (6) meses a partir de la promulgación, las condiciones especiales de acceso a los programas de salud y protección social para la vejez del presente artículo.

Circunstancia de mayor punibilidad

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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