Micelio

Artículo 4

Con El Objeto De Controlar El Cumplimiento De Lo Dispuesto En El Artículo Anterior, Todos Los Planteles Normalistas Nacionales, Departamentales Y Privados, Están En La Obligación De Remitir Al Ministerio De Educación Nacional, Sección Normalista, Dentro De Los Cinco Días Siguientes A La Presentación De Exámenes Trimestrales Y Finales, Las Correspondientes Listas De Calificaciones

Decreto 936 de 1945 · Por el cual se modifica el número 77 de 1943 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Con el objeto de controlar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, todos los planteles normalistas nacionales, departamentales y privados, están en la obligación de remitir al Ministerio de Educación Nacional, Sección Normalista, dentro de los cinco días siguientes a la presentación de exámenes trimestrales y finales, las correspondientes listas de calificaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 936 de 1945