Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 118, artículo 1581 del Presupuesto de la vigencia fiscal de 1951, para la terminación de puentes y construcción de otros, hácese la siguiente distribución parcial para la ejecución de las siguientes obras: Capítulo 118, artículo 1581. Ordinal H). Para los puentes de las quebradas La Pau y La Llana en la carretera Socorro-San Vicente-Barranca, incluyendo la reparación del puente de Mamaruca, en la corretera Barbosa-Socorro. $ 140.000.00 Ordinal I). Para los puentes La Ceiba, La Floresta, Pailitas, Anime y Animito, en la carretera Troncal de Oriente, sector de La Mata Rincón llorido 120.000.00 Ordinal .J). Para los puentes Fundación, tucurinca y Tres vueltas en la carretera Troncal de Oriente, sector Fundación Ciénaga 170.000.00 Ordinal K). Para la reconstrucción del puente San Rafael, sobre el rio Pamplonita en la carretera Pamplona-Cúcuta. 200.000.00 Ordinal L). Para la terminación de los puentes sobre el río Seco y la quebrada Alcaparrosa en la carretera Guaduas-Honda 100.000.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 699 de 1951 →Vigente
Artículo 1581
Del Presupuesto De La Vigencia Fiscal De 1951, Para La Terminación De Puentes Y Construcción De Otros, Hácese La Siguiente Distribución Parcial Para La Ejecución De Las Siguientes Obras: Capítulo 118, Artículo 1581
Decreto 699 de 1951 · Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de Puentes)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.