º. La Compañía Nacional de Navegación es una persona jurídica, que se organiza y funcionará como una sociedad anónima, con las características especiales señaladas por la Ley 20 de 1944.
Decreto 137 de 1962 →Vigente
Artículo 1
La Compañía Nacional De Navegación Es Una Persona Jurídica, Que Se Organiza Y Funcionará Como Una Sociedad Anónima, Con Las Características Especiales Señaladas Por La Ley 20 De 1944
Decreto 137 de 1962 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Compañía Nacional de Navegación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.