Micelio

Artículo 2.5.2.3.3.4

De La Información Al Afiliado

Decreto 780 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la información al afiliado. Las EPS autorizadas deberán disponer las herramientas y procesos necesarios para informar al afiliado de manera permanente:

a)

La carta de derechos y deberes de los afiliados y usuarios de servicios;

b)

Los contenidos del Plan de Beneficios en Salud con cargo a la UPC;

c)

Los procedimientos para la afiliación al sistema, el reporte de novedades y la utilización del Sistema de Afiliación Transaccional (SAT);

d)

La red integral de prestadores de servicios de salud habilitada en el departamento y en el municipio de residencia del afiliado, acorde con la normatividad vigente en la materia;

e)

Los procedimientos de referencia y contrarreferencia a su componente complementario por fuera del domicilio de afiliación del afiliado;

f)

El componente primario de atención al cual el afiliado puede acudir;

g)

La red habilitada de servicios para la atención de urgencias en el municipio y departamento de residencia del afiliado;

h)

El valor de las cuotas moderadoras y copagos para los diferentes servicios en los que estos aplican y las excepciones de pago;

i)

Los procedimientos disponibles para solicitar, autorizar y garantizar la atención en salud en el marco de lo establecido por la Ley 1751 de 2015;

j)

Las actividades de protección específica y detección temprana que le son aplicables de acuerdo con la edad del afiliado;

k)

La definición de grupos de riesgo, junto con la oferta y contenido de programas para la gestión de estos;

l)

Los procesos, espacios y mecanismos de participación en salud dispuestos por la EPS para sus afiliados.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 780 de 2016