Micelio

Artículo 11

Decreto 83 de 1964 · Por el cual se adicional a reglamentación vigente Sobre matrículas y pensiones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo decimoprimero. El Ministerio de Educación Nacional no podrá autorizar el pago de ningún auxilio nacional a los establecimientos no oficiales que no presenten, con la correspondiente cuenta, certificación expedida por la Secretaría de Educación, o por la Alcaldía respectiva, según el caso, de que han cumplido con las disposiciones contenidas en los Decretos114 de 1953, 2761 de 1962, y en la Ley70 de 1963.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 83 de 1964