°. A los miembros del Escalafón de Reserva aérea Militar de Segunda Clase se les expedirá un diploma o despacho en donde se especificara el grado, especialidad y numero de la disposición que autorizo su inscripción. Dicho Diploma o despacho llevara las firmas del Secretario General del Ministerio de Defensa y del Comandante de la Fuerza aérea.
Decreto 1557 de 1973 →Vigente
Artículo 8
A Los Miembros Del Escalafón De Reserva Aérea Militar De Segunda Clase Se Les Expedirá Un Diploma O Despacho En Donde Se Especificara El Grado, Especialidad Y Numero De La Disposición Que Autorizo Su Inscripción
Decreto 1557 de 1973 · por el cual incorporan a las Reservas de Oficiales de la Fuerza área Colombiana a los Ingenieros de Vuelo de empresas Aéreas nacionales de transponte público.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.