Artículo decimotercero . Los títulos que se otorguen en estos colegios y los institutos que se crean tendrán el mismo valor académico que los expedidos por los establecimientos oficiales similares aprobados actualmente por el Ministerio de Educación Nacional. Así mismo se faculta expresamente al Gobierno Nacional para recurrir al crédito externo, o interno a fin de financiar las obras prospectadas en esta Ley.
Ley 19 de 1979 →Vigente
Artículo 13
Ley 19 de 1979 · por la cual se nacionalizan unos Colegios de Bachillerato de Educación Media y se crean unos Institutos de Orientación Agropecuaria en los departamentos del Cauca y del Valle del Cauca.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.