Micelio

Artículo 2

Ley 30 de 1948 · Por la cual la Nación restituye al Municipio de Honda el pleno dominio sobre unos terrenos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En virtud del artículo anterior, el Gobierno procederá a firmar las escrituras de cesión que restituyan al Municipio de Honda el pleno dominio sobre todos los terrenos que este cedió a título gratuito, con el fin indicado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 30 de 1948