Cuotas partes pensionales . Las cuotas partes pensionales serán pagadas por la Caja de Previsión Social de Comunicaciones-Caprecom de conformidad con el mecanismo que se establezca para el efecto. El cobro de las cuotas partes pensionales estará a cargo de Inravisión en Liquidación. Los recursos obtenidos por este cobro se destinarán para la financiación de las pensiones de la entidad en liquidación.
Decreto 3550 de 2004 →Vigente
Artículo 22
Cuotas Partes Pensionales
Decreto 3550 de 2004 · por el cual se suprime el Instituto Nacional de Radio y Televisión, Inravisión, y se ordena su disolución y liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.