° El Ministerio de Educación Nacional tendrá un plazo de cuarenta días, a partir de la fecha en que se haya completado satisfactoriamente la documentación requerida por la ley, para otorgar la tarjeta profesional a los periodistas que la hayan solicitado.
Decreto 1292 de 1974 →Vigente
Artículo 8
El Ministerio De Educación Nacional Tendrá Un Plazo De Cuarenta Días, A Partir De La Fecha En Que Se Haya Completado Satisfactoriamente La Documentación Requerida Por La Ley, Para Otorgar La Tarjeta Profesional A Los Periodistas Que La Hayan Solicitado
Decreto 1292 de 1974 · Por el cual se reglamenta la Ley 36 de 1973.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.