Comité de coordinación y gestión. Para efectos del presente capítulo se conformará un comité para la coordinación de los procesos de compra, la adjudicación de bienes fiscales patrimoniales y establecimiento de proyectos productivos para atender situaciones de desastre o calamidad conformado por un delegado de las siguientes entidades
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
Agencia Nacional de Tierras (ANT)
Agencia de Desarrollo Rural (ADR)
Unidad Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) Este comité orientará en los siguientes aspectos: i) la priorización de las zonas de intervención de este programa; ii) los criterios para la identificación de los predios que serán objeto de compra; iii) la conformación de los listados de los potenciales beneficiarios de este programa que serán remitidos a la ANT; y iv) los demás aspectos operativos que se requieran para el cumplimento del objeto del presente capítulo.
El Comité definirá el reglamento para su operación y funcionamiento. Así mismo, tendrá la facultad de crear los subcomités necesarios para garantizar el cumplimiento de sus funciones.