Micelio

Artículo 2

Decreto 91 de 1951 · Por el cual se suprime una Zona de Carreteras Nacionales de Quibdó y se dictan otras disposiciones administrativas (Departamento de Carreteras Nacionales Sección de Conservación)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Incorpóranse a la Zona de Carreteras Nacionales de Medellín, para su conservación, adiciones y mejoras, las siguientes vías: Kilómetros Ouibdó-Bolrvar 135 Bocas-Carmen 4 Istmina-Quibdó 50 Quibdó-Neguá 4 Quibdó-Normal Varones 2 Total 195

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 91 de 1951