º Adiciónanse los cómpultos líquidos del Presupuesto Nacional de rentas y recursos del Tesoro de la Nación, para el presente año fiscal, asi: CAPÍTULO 5º Rentas de destinación especial. Numeral 86. Contrato de la Policía Nacional con el Departamento Norte de Santander $9.291.00 Numeral 87. Contrato de la Policía Nacional con el Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales 57.178.26 Numeral 88. Contrato de la Policía Nacional con la Compañía Acrovias Nacionales de Colombia (Avianca) 10.068.00 Numeral 89. Contrato de la Policía Nacional con el Banco de la República (servicio de salinas) 14.280.00 Numeral 90. Contrato de la Policía Nacional con el Municipio de Zupaquirá 3.840.00 Numeral 91. Contrato de la Policía Nacional con la Compañía Minera Chocó Pacífico 2.088.00 Numeral 92. Contrato de la Policía Nacional con la Compañía de Cemento Portland Diamante 5.172.00 Numeral 93. Contrato de la Policía Nacional con la Compañía de Petróleos Shell de Colombia 5.400.00 Numeral 94. Contrato de la Policía Nacional con la Compañía de Petróleos Ariguaní, S. A. 864.00 Numeral 95. Contrato de la Policía Nacional con el Municipio de Facatativá 2.700.00 Numeral 96. Contrato de la Policía Nacional con la Compañía de Petróleos del Valle del Magdalena 864.0 Numeral 97. Contrato de la Policía Nacional con la Texas Petroleum Company 1.920.00 Numeral 98. Contrato de la Policía Nacional con el Municipio de Chiquinquirá 3.480.00 Total $ 117.148.26
Decreto 1667 de 1947 →Vigente
Artículo 1
º Adiciónanse Los Cómpultos Líquidos Del Presupuesto Nacional De Rentas Y Recursos Del Tesoro De La Nación, Para El Presente Año Fiscal, Asi: Capítulo 5º Rentas De Destinación Especial
Decreto 1667 de 1947 · por el cual se abren unos créditos al Presupuesto vigente. (Ministerio de Gobierno-Policía Nacional).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.