La División de Higiene Materno-infantil, Escolar y Dental queda también autorizada para intervenir, además de lo estipulado en el artículo 23 del presente Decreto, en toda clase de instituciones u organizaciones que digan relación con los niños delincuentes, débiles mentales, inválidos, etc., etc.
Decreto 25 de 1947 →Vigente
Artículo 42
La División De Higiene Materno-Infantil, Escolar Y Dental Queda También Autorizada Para Intervenir, Además De Lo Estipulado En El Artículo 23 Del Presente Decreto, En Toda Clase De Instituciones U Organizaciones Que Digan Relación Con Los Niños Delincuentes, Débiles Mentales, Inválidos, Etc
Decreto 25 de 1947 · Por el cual se organiza el Ministerio de Higiene
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.