º . Deberán adoptarse como Normas Técnicas Colombianas Oficiales Obligatorias
Las que fijen el Sistema Internacional de Unidades SI, al tenor de lo dispuesto por el Decreto 1731 de 1967 y las disposiciones que lo desarrollen o complementen;
Las que se relacionen con materiales, productos o procedimientos que afecten la vida, la seguridad o la integridad corporal de personas;
Las que se refieran a protección del medio ambiente, equilibrio ecológico y, en general, protección de los recursos naturales;
Aquellas que a juicio del Consejo Nacional de Normas y Calidades, convengan a la economía del país o al interés Público.