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Artículo 26

Adiciónese A La Sección 2 Del Capítulo 11 Del Título 2 De La Parte 2 Del Libro 2 Del Decreto Único Reglamentario 1074 De 2015, El Siguiente Artículo: “artículo 2

Decreto 65 de 2020 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015 en diversas materias relativas a los procesos concursales.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese a la Sección 2 del Capítulo 11 del Título 2 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario 1074 de 2015, el siguiente artículo: “Artículo 2.2.2.11.2.24. Categoría C. Para hacer parte de la lista de la categoría C, el aspirante deberá cumplir con alguno de los siguientes requisitos de experiencia

1.

Haber adelantado y finalizado, en el cargo de contralor, promotor, liquidador o agente interventor, al menos dos procesos concursales, de concordato, de insolvencia, de liquidación administrativa o de intervención.

2.

Haber actuado como Juez Civil del Circuito o de procesos concursales o de insolvencia al menos durante dieciocho meses.

3.

Haber sido Parte del grupo de profesionales que le prestó servicios a un auxiliar de la justicia en al menos cuatro procesos de insolvencia, de liquidación administrativa o de intervención. Para acreditar lo dispuesto en este literal, el aspirante debe acreditar las siguientes condiciones: 3.1. Haber sido relacionado como profesional de apoyo por el auxiliar en la solicitud de inscripción en la lista. 3.2. Haber sido confirmado por el auxiliar como profesional de apoyo antes de posesionarse como promotor, liquidador o agente interventor. 3.3. Haber apoyado al auxiliar durante todo el proceso de reorganización, liquidación o intervención y hasta su finalización;

4.

Haberse desempeñado como liquidador en al menos cuatro procesos de liquidación privada.

5.

Haber ejercido funciones en la alta gerencia de sociedades, como mínimo, durante cinco años.

Parágrafo

En relación con los numerales 1, 2, y 3 del presente artículo, en todo caso, la Superintendencia de Sociedades podrá evaluar las funciones y la gestión del aspirante como profesional de apoyo, como liquidador en los procesos de liquidación privada y en la alta gerencia en sociedades.”

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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