La Comisión de Reclutamiento, Ascensos y Disciplina, determinará mediante reglamento y para cada cuadro o dependencia administrativa, el tiempo de servicio en el grado inferior, las condiciones y formas de selección para elaborar las listas de ascensos, el procedimiento para ventilar los recursos a que dé lugar la formación de listas, cuando éstos sean procedentes de conformidad con dicho reglamento, y los casos en que las vacantes no deban ser llenadas por ascenso. SECCION SEXTA Traslados.
Artículo 66
La Comisión De Reclutamiento, Ascensos Y Disciplina, Determinará Mediante Reglamento Y Para Cada Cuadro O Dependencia Administrativa, El Tiempo De Servicio En El Grado Inferior, Las Condiciones Y Formas De Selección Para Elaborar Las Listas De Ascensos, El Procedimiento Para Ventilar Los Recursos A Que Dé Lugar La Formación De Listas, Cuando Éstos Sean Procedentes De Conformidad Con Dicho Reglamento, Y Los Casos En Que Las Vacantes No Deban Ser Llenadas Por Ascenso
Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.