Micelio

Artículo 25

Los Restantes Magistrados De La Sala Respectiva, Decidirán En La Misma Sesión Si El Impedimento Es O No Fundado

Decreto 432 de 1969 · Por el cual se dictan normas relativas al funcionamiento de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y procedimentales para el estudio y despacho de los asuntos a su cargo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los restantes Magistrados de la Sala respectiva, decidirán en la misma sesión si el impedimento es o no fundado. En caso afirmativo, la Sala declarará separado del conocimiento al Magistrado impedido, y sorteará el correspondiente Conjuez. Y, en caso negativo, el Magistrado continuará participando en la tramitación y decisión del asunto. La providencia que resuelva sobre el impedimento, no está sujeta a recurso alguno.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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