Micelio

Artículo 8

Ordenar La Suspensión De Operaciones Militares Y Operativos Policiales En Contra De Los Miembros De Las Farc-Ep Que Se Encuentren Dentro De La Zvtn, Definida En El Artículo 1° Del Presente Decreto, Así Como En Las Rutas De Desplazamiento Hacia Esta, De Conformidad Con Lo Acordado En Los Protocolos Pertinentes Del Cfhbd- Da

Decreto 150 de 2017 · por el cual se establece una Zona Veredal Transitoria de Normalización (ZVTN) y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Ordenar la suspensión de operaciones militares y operativos policiales en contra de los miembros de las FARC-EP que se encuentren dentro de la ZVTN, definida en el artículo 1° del presente decreto, así como en las rutas de desplazamiento hacia esta, de conformidad con lo acordado en los protocolos pertinentes del CFHBD- DA. La actuación de la Fuerza Pública en las áreas aledañas a la zona de seguridad de la ZVTN, se adaptará de manera diferencial, teniendo en cuenta sus roles, funciones y doctrina y en consideración a las condiciones y circunstancias particulares del terreno, del ambiente operacional y las necesidades del servicio para evitar que ponga en riesgo el CFHBD-DA. La suspensión de operaciones militares y procedimientos policiales se hará sin perjuicio de la obligación que tiene la Fuerza Pública de cumplir con su misión constitucional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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