Micelio

Artículo 1

Para Los Efectos Del Numeral Segundo Del Artículo Segundo De La Ley 2ª De 1976, Se Entiende Que Hay Instrumento Privado De Constitución De Obligaciones Convencionales Solo Cuando Se Trate De Un Contrato En Cuyo Texto Escrito Se Haga Constar El Nacimiento De Obligaciones Mediante El Concurso De Las Voluntades De Dos O Más Personas

Decreto 1222 de 1976 · Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 2ª de 1976

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos del numeral segundo del artículo segundo de la Ley 2ª de 1976, se entiende que hay instrumento privado de constitución de obligaciones convencionales solo cuando se trate de un contrato en cuyo texto escrito se haga constar el nacimiento de obligaciones mediante el concurso de las voluntades de dos o más personas. El escrito de que aquí se trata, puede ser unilateral, bilateral o multilateral. Cuando para la constancia escrita del acuerdo de voluntades se requiera de dos o más instrumentos, el impuesto se causará en la fecha del último.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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