Micelio

Artículo 6

Las Disposiciones Del Presente Decreto-Ley Que Modifican La Nomenclatura Y Tarifas Del Arancel Expedido Por Medio Del Decreto-Ley 1345 De 1959, Se Aplicarán A La Importación De Todas Las Mercancías Amparadas Con Registros De Importación Expedidos A Partir De La Vigencia De Este Decreto, Salvo En Los Casos En Que Ellas Sean Favorables Para El Importador

Decreto 1960 de 1959 · Por el cual se adiciona y corrige el nuevo Arancel de Aduanas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las disposiciones del presente Decreto-ley que modifican la nomenclatura y tarifas del Arancel expedido por medio del Decreto-ley 1345 de 1959, se aplicarán a la importación de todas las mercancías amparadas con Registros de Importación expedidos a partir de la vigencia de este Decreto, salvo en los casos en que ellas sean favorables para el importador. Las normas favorables, se aplicarán para todas las mercancías que lleguen al país con posterioridad a la fecha de vigencia del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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