Micelio

Artículo 2

Decreto 487 de 1937 · Por el cual se aprueba una resolución del Departamento Nacional de Higiene

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Sostiénese la campaña de saneamiento de Barrancabermeja, con el siguiente personal y gastos: Mensual. Un Director $ 180.00 Un Revisor 100.00 Guatro Inspectores Sanitarios, a $ 60. 260.00 Para jornales de saneamiento 285.00 Total $ 825.00

Parágrafo

El Médico Director de esta Comisión tendrá funciones y atribuciones de Médico de Sanidad Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 487 de 1937