Micelio

Artículo 2

Créase El Empleo De Pagador Central De La Policía Nacional Acantonada En Bogotá, Zipaquirá Y Agua De Dios

Decreto 794 de 1913 · Por el cual se deroga el marcado con el número 730 de 1913, se crea un empleo y se fijan unos sobresueldos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créase el empleo de Pagador Central de la Policía Nacional acantonada en Bogotá, Zipaquirá y Agua de Dios. Dicho empleado devengará un sueldo mensual de $75 oro, deberá prestar una fianza de $.2,000 oro, a satisfacción del Habilitado de la Policía Nacional, del cual queda como inmediato dependiente, y tendrá, además de las funciones que por reglamento especial se le fijen, la obligación de verificar. personalmente los pagos de los sueldos de la Policía acantonada en Bogotá, Zipaquirá y Agua de Dios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 794 de 1913