º Aprobar el Acuerdo número 342 del 24 de mayo de 1985, emanado de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 342 DE 1985 (mayo 24) "por el cual se modifica la Planta de Personal del Nivel Nacional del Instituto da Seguros Sociales". La Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales, en ejercicio de las facultades que le confiere el literal n) del artículo 55 del Decreto -ley 1650 de 1977 y de conformidad con los Decretos - leyes 1651, 1652 y 1700 de 1977 y 1313 de 1978, ACUERDA: Artículo 1° Suprímese de la Planta de Personal del Nivel Nacional del Instituto de Seguros Sociales el siguiente empleo: Dependencia: Oficina de Planeación e Informática División de Informática; número de cargos: uno (1); Denominación: Estadístico Profesional, Dedicación: completa: Clase: III; Grado: 29. Artículo 2° Créase en la Planta de Personal del Nivel Nacional del Instituto de Seguros Sociales, el siguiente empleo: Dependencia: Oficina de Planeación e Informática; número de cargos: uno (1); Denominación: Profesional; Dedicación: completa; Clase: III; Grado 29. Artículo 3º El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias y para su validez requiere la aprobación por Decreto del Gobierno Nacional. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 1349 de 1986 →Vigente
Artículo 1
Aprobar El Acuerdo Número 342 Del 24 De Mayo De 1985, Emanado De La Junta Administradora Del Instituto De Seguros Sociales, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 342 De 1985 (Mayo 24) "por El Cual Se Modifica La Planta De Personal Del Nivel Nacional Del Instituto Da Seguros Sociales"
Decreto 1349 de 1986 · Por el cual se aprueban los Acuerdos números 342 y 343 del 24 de mayo y 6 de junio de 1985, respectivamente, emanados de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.