Micelio

Artículo 1

Para Los Efectos Contemplados En El Artículo Primero Del Decreto Número 84 De 23 De Enero De 1964, Se Entiende Que La Producción Primaria, Agrícola O Ganadera Comprende Todas Las Actividades Necesarias Para La Obtención De Los Productos Y Subproductos Resultantes De La Explotación Integrada Y Unitaria De La Misma

Decreto 2024 de 1971 · Por el cual se aclara el artículo 1º del Decreto reglamentario número 84 de 1964

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos contemplados en el artículo primero del Decreto número 84 de 23 de enero de 1964, se entiende que la producción primaria, agrícola o ganadera comprende todas las actividades necesarias para la obtención de los productos y subproductos resultantes de la explotación integrada y unitaria de la misma. En Consecuencia, los Departamentos y Municipios no pueden gravar esas actividades ni la utilización y venta, de productos o subproductos y demás operaciones que se realicen en el proceso unitario de la explotación primaria, agrícola o ganadera.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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