Micelio

Artículo 32

Decreto 4646 de 2006 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdireccion de Desarrollo Social. Son funciones de la Subdirección de Desarrollo Social de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional en los sectores de la protección social, educación y de interior y justicia las siguientes

1.

Dirigir la preparación del proyecto del Presupuesto General de la Nación en lo correspondiente a las entidades en los sectores de la protección social, educación y de interior y justicia.

2.

Dirigir la preparación y estudio del presupuesto de Empresas Industriales y Comerciales del Estado.

3.

Proponer y elaborar proyectos de resolución sobre procedimientos de programación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.

4.

Evaluar las modificaciones al proyecto de Presupuesto General de la Nación.

5.

Preparar el proyecto de decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación de los sectores de la protección social, educación y de interior y justicia.

6.

Coordinar la preparación de los informe s de cuantificación del impacto presupuestal de los proyectos de ley o decreto que tengan incidencia presupuestal.

7.

Coordinar la evaluación y preparación de proyectos de decretos de aplazamiento, reducción o fusión que afecten los presupuestos de los sectores de la protección social, educación y de interior y justicia.

8.

Coordinar la preparación de los decretos de régimen salarial de los sectores de la protección social, educación y de interior y justicia y supervisar la revisión de los relacionados con normas prestacionales.

9.

Supervisar la inclusión en el Sistema de Información Presupuestal de las plantas aprobadas y nóminas certificadas de cada uno de los órganos asignados.

10.

Orientar los procesos de evaluación de las solicitudes de modificación presupuestal presentadas por los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación.

11.

Coordinar la elaboración de los estudios de solicitudes de modificaciones de planta de personal presentadas por los órganos de los sectores de la protección social, educación y de interior y justicia.

12.

Orientar los estudios tendientes a la autorización de cupos para comprometer vigencias fiscales futuras.

13.

Dirigir las labores encaminadas a la liquidación de excedentes financieros de los Establecimientos Públicos Nacionales y de utilidades de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado.

14.

Dirigir, coordinar y evaluar el proceso de seguimiento a la ejecución presupuestal de los órganos del Presupuesto General de la Nación, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta no financieras, correspondientes a los sectores de la protección social, educación, y de interior y justicia.

15.

Asesorar y establecer las directrices tendientes a orientar el proceso de asesoría en materia presupuestal y financiera en los sectores asignados.

16.

Dirigir y coordinar los estudios sectoriales en términos económicos y financieros.

17.

Coordinar los procesos de estudio de las solicitudes de autorización de constitución de cajas menores o adquisición de vehículos que presenten las entidades que conforman el Presupuesto General de la Nación, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economía Mixta.

18.

Las demás que se les asignen y que correspondan a la naturaleza de las dependencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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