Los Tribunales Administrativos Seccionales conocen en primera instancia de los asuntos siguientes:
De las cuestiones suscitadas sobre la validez o nulidad de las ordenanzas u otros actos de las Asambleas Departamentales correspondientes a sus respectivas jurisdicciones, acusadas ante ellos como violatorias en la Constitución o las leyes, o como lesivas de derechos civiles; y
De las cuestiones que se susciten entre el Estado y los particulares sobre el monto, distribución o asignación de los impuestos nacionales.