°. El personal que venía prestando sus servicios vinculado a la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional -Policía Nacional- Dirección de Sanidad y sea incorporado a la nueva planta de personal de que trata el presente decreto, continuará percibiendo la remuneración que venía devengando con los reajustes que determine el Gobierno Nacional, hasta que cambie el empleo o se retire del servicio.
Artículo 5
El Personal Que Venía Prestando Sus Servicios Vinculado A La Planta De Personal Del Ministerio De Defensa Nacional -Policía Nacional- Dirección De Sanidad Y Sea Incorporado A La Nueva Planta De Personal De Que Trata El Presente Decreto, Continuará Percibiendo La Remuneración Que Venía Devengando Con Los Reajustes Que Determine El Gobierno Nacional, Hasta Que Cambie El Empleo O Se Retire Del Servicio
Decreto 2727 de 2010 · Por el cual se aprueba el ajuste y la modificación a la planta de personal del Ministerio de Defensa Nacional - Policía Nacional - Dirección de Sanidad y se dictan otras disposiciones
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.