Micelio

Artículo 10

La Bonificación Por Servicios Prestados A Que Tienen Derecho Los Empleados Que Trabajan En La Contraloría General De La República, Será Equivalente Al Cincuenta Por Ciento (50%) De La Asignación Básica Que Corresponda Al Funcionario En La Fecha En Que Se Cause El Derecho A Percibirla, Siempre Que No Devengue Una Remuneración Mensual, Por Concepto De Asignación Básica Y Gastos De Representación, Superior A Ciento Ochenta Y Siete Mil Treinta Pesos ($187

Decreto 901 de 1992 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La bonificación por servicios prestados a que tienen derecho los empleados que trabajan en la Contraloría General de la República, será equivalente al cincuenta por ciento (50%) de la asignación básica que corresponda al funcionario en la fecha en que se cause el derecho a percibirla, siempre que no devengue una remuneración mensual, por concepto de asignación básica y gastos de representación, superior a ciento ochenta y siete mil treinta pesos ($187.030.00). Para los demás empleados la bonificación de servicios prestados será equivalente al treinta y cinco por ciento (35%) de la remuneración mensual, por concepto de asignación básica más gastos de representación.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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