Micelio

Artículo 10

Cuando La Asignación Mensual Del Empleado Este Comprendida Entre Cuatreo Mil Ciento Cuarenta Y Seis Mil Seiscientos Pesos, Los Viáticos En El Exterior Podrán Fijarse Hasta En Cincuenta Dólares Estandinenses Diarios

Decreto 1436 de 1975 · Por el cual se dictan normas sobre viáticos, gastos de representación y pasajes en el servicio oficial

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la asignación mensual del empleado este comprendida entre cuatreo mil ciento cuarenta y seis mil seiscientos pesos, los viáticos en el exterior podrán fijarse hasta en cincuenta dólares estandinenses diarios. Para esta misma categoría y en el caso de comisiones dentro del país, podrán autorizarse viáticos hasta de trescientos cincuenta pesos diarios.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1436 de 1975