Micelio

Artículo 1

Ley 379 de 1997 · por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Estadístico, reconocida por el Ministerio de Educación Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Para todos los efectos legales, entiéndese por ejercicio de la Estadística, la aplicación de los conocimientos y medios de las ciencias, las matemáticas, la informática y las humanidades en el análisis, administración, dirección, supervisión y control de proceso en los cuales se efectúen recolección, ordenamientos, evaluación, control, captura y crítica de la información así mismo en el diseño de modelos matemáticos, económicos y administrativos que se utilizarán en toda entidad pública, privada, universidad, entidad dedicada a la investigación que necesite de este proceso para tomar decisiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 379 de 1997