Micelio

Artículo 6

Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición, Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Produce Efectos Fiscales Desde El 1° De Junio Del Presente Año Para Los Empleados Que Estando Al Servicio De La Dirección General De Impuestos Nacionales Del Ministerio De Hacienda Y Crédito Público En Esa Fecha, Fueren Designados Para Ocupar Cargos De La Nueva Planta De Personal

Decreto 1047 de 1971 · Por el cual se determina una planta de personal de la Dirección General de Impuestos Nacionales en el Ministerio de Hacienda y crédito Publico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición, deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y produce efectos fiscales desde el 1° de junio del presente año para los empleados que estando al servicio de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en esa fecha, fueren designados para ocupar cargos de la nueva planta de personal. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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