Artículo segundo. Hácense las siguientes creaciones en el personal del ramo de Telégrafos del Ministerio de Correos y Telégrafos: Departamento de Cundinamarca -Girardot. Una plaza de Operador de Morse, con asignación mensual de $ 207.00 Departamento de Huila -Garzón. Una plaza de Operador Auxiliar de la Oficina Telegráfica, con asignación mensual de 150.00 La Palma. Una plaza de Telegrafista Administrador, con asignación mensual de 126.00 Neiva. Una plaza de Operador de Morse de la Oficina Telegráfica, con asignación mensual de 207.00 Suman 690.00
El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior se imputará al Capítulo 98, artículo 2003 del Presupuesto vigente.