Micelio

Artículo 3

Las Asignaciones Fijadas Por El Presente Decreto Regirá N Desde El 1o De Junio En Curso

Decreto 1220 de 1934 · Por el cual se modifican los Decretos 1808 del 2 de noviembre de 1933, 79 del 15 de enero, 196 del 27 del mismo mes, 702 del 6 de abril y 1016 del 16 de mayo del presente año, y se fijan las asignaciones para el Ministerio de Agricultura y Comercio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Las asignaciones fijadas por el presente Decreto regirá n desde el 1o de junio en curso. En los términos de este Decreto queda modificado el Decreto número 1808 de 12 de noviembre de 1933, en cuanto señala el personal y las dignaciones del Ministerio de Agricultura y Comercio y los Decretos 79 del 15 de enero, 196 del 27 del mismo mes, 702 del 6 de abril y 1016 del 16 de mayo del presente año. Desde el 1º de junio pasado, suprímese el cargo de Abogado del Departamento de Comercio. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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