Micelio

Artículo 12

A Partir De Enero De 1975 Para Recibir Auxilios O Aportes Que Provengan Directa O Indirectamente De La Nación O Del Presupuesto De Los Servicios Seccionales De Salud

Decreto 708 de 1974 · Por el cual se establece la organización administrativa de Nivel Local Regionalizado del Sistema Nacional de Salud

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de enero de 1975 para recibir auxilios o aportes que provengan directa o indirectamente de la Nación o del Presupuesto de los Servicios Seccionales de Salud. Todos los organismos, instituciones agencias y entidades del Sistema Nacionales de Salud deberán modificar su estructura y régimen de funcionamiento de acuerdo a los términos de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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