º Este Decreto rige conforme al artículo 3º del Decreto 0067 de-enero 17 de 1953, y a partir de las fechas allí indicadas. Comuníquese y publíquese.
Decreto 170 de 1953 →Vigente
Artículo 3
Este Decreto Rige Conforme Al Artículo 3º Del Decreto 0067 De-Enero 17 De 1953, Y A Partir De Las Fechas Allí Indicadas
Decreto 170 de 1953 · Por el cual se suprimen unos cargos, de declaran insubsistentes unos nombramientos y se complementa y aclara el Decreto número 0067 de enero 17 de 1953
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.