Las diferentes entidades, instituciones y/o dependencias involucradas en la puesta en marcha de las disposiciones contenidas en la presente ley dispondrán de la asignación, reorganización y redistribución de los recursos físicos, humanos, presupuestales y financieros necesarios para crear mayores oportunidades de acceso al mercado laboral para la población pospenada, o aquellas personas que se encuentren cumpliendo pena con permiso de trabajo, libertad condicional o suspensión provisional de pena con autorización de trabajo; sujetos a las asignaciones incorporadas anualmente en el Presupuesto General de la Nación sin que esto implique gasto público adicional.
Ley 2208 de 2022 →Vigente
Artículo 12
Ley 2208 de 2022 · Por medio del cual se establecen incentivos económicos para fortalecer el acceso y las oportunidades en empleo y formación para la población pospenada y se dictan otras disposiciones - Ley de Segundas Oportunidades.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.