Las obras necesarias para la defensa y reconstrucción de Pueblo viejo (Magdalena), serán ejecutadas por medio del Ministerio de Obras Públicas y el Instituto de Crédito Territorial, respectivamente.
Ley 149 de 1960 →Vigente
Artículo 5
Ley 149 de 1960 · Por la cual se apropia una partida, se dan unas autorizaciones al Consejo de Política Económica y Planeación, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.