Micelio

Artículo 19

Decreto 131 de 1987 · por el cual se desarrolla la Ley 9ª de 1942 y se reglamenta el artículo 15 de la Ley 55 de 1985.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga los artículos 3º, 4º, 7º, literal b); 9º, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21 y 22 del Decreto 2732 de 1985; el artículo 6º del Decreto 2570 de 1985; el artículo 4º del Decreto 1007 de 1986 y demás disposiciones que le sean contrarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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