El bien así adquirido por Municipio de Bello será destinado por esta entidad con exclusividad a los servicios hospitalarios generales y sus afines, tales como Centro Materno Infantil, Gota de Leche y Policlínica. También para una Escuela de Auxiliares de Enfermería, siempre que el Departamento de Antioquia atienda al funcionamiento y dotación de dicha escuela.
El Municipio de Bello adquiere la obligación de fundar y costear los servicios hospitalarios a que se refiere este artículo, sin que ello implique renunciamiento a los auxilios que para tales instituciones otorgan la Nación, el Departamento, de más entidades y personas de carácter natural o jurídico.