Toda erogación del Tesoro requiere, para ser válida
Que en el presupuesto exista apropiación suficiente para atender el gasto.
Que en el acuerdo de1 ordenación de gastos, se haya apropiado partida suficiente para el mismo efecto, o que la Contraloría haya constituido la reserva correspondiente cuando se trate de una erogación que la requiera. d) Que el crédito haya sido liquidado y reconocido a cargo del Tesoro, y, e) Que el pago haya sido ordenado y refrendado por el funcionario autorizado.