Micelio

Artículo 27

Comité Consultivo De Reinserción

Decreto 2707 de 1993 · por medio del cual se define y regula el Plan Nacional de Rehabilitación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Comité Consultivo de Reinserción. Para cumplir con la responsabilidad de la coordinación y ejecución de los acuerdos consignados en el acta final de dejación de armas en Santo Domingo, Cauca, con el M-19 el día 9 de marzo de 1990; el Acuerdo de Paz con el Partido Revolucionario de los Trabajadores, suscrito en Don Gabriel, Sucre, el día 26 de enero de 1991; el acta final con el Ejército Popular de Liberación, suscrita en Medellín el 1° de marzo de 1990; el Acuerdo Final, suscrito con el movimiento armado Quintín Lame, el día 27 de mayo de 1991 y el Protocolo Definitivo con los Comandos Ernesto Rojas en el mes de mayo de 1992, y los acuerdos convenidos el 11 de mayo de 1993 entre el Gobierno Nacional y los voceros de los grupos desmovilizados Movimiento 19 de Abril (M-19), Ejército Popular de Liberación (EPL), Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT), Movimiento Armado Quintín Lame, y los Comandos Ernesto Rojas, el PNR contará con la asesoría de un Comité de Consulta y Concertación en el que estarán representados los grupos desmovilizados y el Gobierno Nacional. Este Comité podrá cumplir las funciones de aprobar proyectos productivos y créditos y en general, las funciones administrativas asignadas al Consejo de Normalización mediante el Decreto 314 de 1990.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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