OFICINA DE PLANEACIÓN E INFORMÁTICA. - Son funciones de la Oficina de Planeación e Informática las siguientes:
1. Asesorar al Superintendente en la formulación de las políticas generales del organismo y en la adopción de los planes y programas que en materia de notariado y registro de instrumentos públicos le corresponda desarrollar en cumplimiento de sus objetivos, conforme a los criterios y directrices establecidos por el Gobierno Nacional.
2. Orientar la elaboración de los planes y programas que deba ejecutar la entidad, así como su evaluación y seguimiento.
3. Diseñar y coordinar el proceso global de planificación en cuanto a los aspectos técnicos, económicos y administrativos del organismo.
4. Preparar el proyecto anual de presupuesto y el programa anual de caja y sus modificaciones y someterlos a consideración del Superintendente.
5. Dirigir el diseño, implantación y administración de los sistemas de información de la entidad.
6. Realizar o coordinar los estudios técnicos que requiera la entidad, con miras a desarrollar e implantar sistemas de información y métodos computarizados modernos para su tratamiento y uso, por parte de las unidades centrales de la Superintendencia y las oficinas de registro de instrumentos públicos.
7. Diseñar y asesorar la aplicación de los programas de sistematización que requieran las dependencias centrales de la Superintendencia y las oficinas de registro, en especial el folio magnético, conforme a las políticas y planes prioritarios que adopte la entidad.
8. Dirigir la realización de estudios sobre organización y desarrollo administrativo de la entidad, reformas a la planta de personal, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la gestión, organización y métodos de trabajo.
9. Coordinar la elaboración de estudios económicos y financieros referentes a los servicios de notariado y registro.
10. Dirigir la elaboración y desarrollo de sistemas estadísticos atinentes a los servicios de notariado y registro de instrumentos públicos y velar por su actualización y divulgación.
11. Orientar los estudios técnico - administrativos acerca de la creación, supresión modificación de notarías, oficinas de registro de instrumentos públicos y los círculos correspondientes, y emitir su concepto al Superintendente.
12. Rendir informes periódicos y los demás que le sean solicitados por el Superintendente.
13. Diseñar y aplicar indicadores que permitan establecer niveles de rendimiento y eficiencia en el desarrollo de las funciones a cargo de las distintas dependencias del organismo y de las oficinas de registro de instrumentos públicos, identificar las inconsistencias y desfases que registre la ejecución de sus programas y recomendar los correctivos que deban ser adoptados.
14. Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la Dependencia.