Micelio

Artículo 15

Casos Especiales

Decreto 2615 de 1993 · por el cual se establecen disposiciones para la aplicación de las normas sobre valoración aduanera del valor del GATT y de la Decisión 326 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Casos Especiales. En los casos especiales señalados a continuación, que por la particular naturaleza de las mercancías que se han de valorar o por las circunstancias de las operaciones determinantes de la importación o por situaciones especiales del mercado en un sector determinado no sea posible aplicar los Métodos citados, se utilizarán procedimientos especiales reglamentados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

1.

Mercancías usadas.

2.

Mercancías reparadas, reacondicionadas o reconstruidas.

3.

Mercancías importadas con suspensión o con franquicia de tributos aduaneros.

4.

Mercancías importadas procedentes de subasta.

5.

Mercancías reimportadas.

6.

Mercancías averiadas.

7.

Mercancías importadas en arrendamiento financiero con o sin opción de compra.

8.

Mercancías importadas sin carácter comercial.

9.

Mercancías objeto de legalización.

10.

Mercancías introducidas al país bajo una modalidad diferente a la ordinaria o provenientes de zonas francas que declara bajo la modalidad de importación ordinaria.

11.

Mercancías importadas temporalmente para reexportación en el mismo estado.

12.

Precios o valores mínimos o de referencia. TITULO IV Faltas Administrativas y Sanciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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