Subsecretaria Financiera. Conforme a las políticas e instrucciones del Secretario General, son funciones de la Subsecretaría Financiera, para ejercerlas directamente o a través de su organización interna, las siguientes
Planear, organizar, ejecutar y controlar la administración y actividades de los recursos presupuestales y financieros en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Elaborar; con la Oficina de Planeación, el anteproyecto de presupuesto, así como la distribución presupuestal de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Planear, organizar, dirigir, supervisar y controlar las operaciones financieras, contables, de tesorería y presupuesto de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Prever y suministrar los recursos necesarios para la ejecución de los planes y programas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Asesorar y orientar a las diferentes administraciones en los asuntos de su competencia, y diseñar con las dependencias competentes los procedimientos para la ejecución y control del presupuesto;
Rendir la cuenta consolidada de la función pagadora, de la Contabilidad Comercial y del Fondo de Gestión de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ante el Contador General de la Nación;
Elaborar el programa anual de caja de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Solicitar ante la Tesorería General de la República la situación de fondos, y efectuar los giros correspondientes a las Administraciones;
Recibir y tramitar las cuentas de cobro presentadas ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, efectuar los pagos por todo concepto que le correspondan y expedir las certificaciones respectivas;
Llevar los registros de tesorería, elaborar los informes correspondientes, y rendir las cuentas a que haya lugar;
Asesorar y evaluar la gestión de tesorería de las administraciones; I) Definir y ejecutar el Plan de Supervisión y Control del área a nivel nacional; m) Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Información, el suministro de la información interna y externa requerida para la ejecución de sus planes, la definición de estándares y parámetros para el manejo de la misma, la alimentación de sus sistemas de información y la automatización de procesos y procedimientos de su competencia; n) Establecer los manuales, métodos y procedimientos, así como diseñar las herramientas necesarias para la estandarización y desarrollo adecuado de las actividades del área a nivel nacional, de acuerdo con las directrices señaladas por la Oficina de Planeación; o) Abocar el conocimiento y competencia de funciones de las áreas a su cargo en los niveles regional, especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorización del Director General de la Entidad; p) Las demás que le asigne la Secretaría General.